Ayudas16 de septiembre de 2026 · 3 min de lectura
Málaga subvenciona hasta el 90% del ascensor nuevo
El Ayuntamiento reparte 2 millones para instalar ascensores y mejorar la accesibilidad. El plazo se abrió el 15 de septiembre y cierra el 13 de noviembre.
El Instituto Municipal de la Vivienda del Ayuntamiento de Málaga ha aprobado la sexta convocatoria de sus ayudas a la accesibilidad, dotada con 2 millones de euros con cargo a los ejercicios 2026, 2027, 2028 y 2029. Se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el 14 de septiembre, el plazo de solicitud se abrió al día siguiente y permanece abierto 60 días naturales, hasta el 13 de noviembre.
La convocatoria ataca uno de los puntos negros del parque residencial español: bloques levantados hace décadas, con varias plantas y sin ascensor, en los que la obra se frena año tras año porque la derrama no sale a cuenta para los vecinos de los pisos bajos.
Cuatro modalidades con porcentajes muy distintos
Las ayudas se reparten en cuatro tipos. El tipo A, instalación de ascensor en edificios plurifamiliares que no lo tienen, cubre entre el 75% y el 90% del presupuesto, con un máximo de 120.000 euros por inmueble. El tipo B aplica los mismos porcentajes y tope a equipamientos privados cuyo uso se atribuye a entidades sin ánimo de lucro.
El tipo C se destina a mejorar la accesibilidad en zonas comunes de edificios que ya disponen de ascensor, también con un 75%-90% de cobertura pero con un límite bastante más bajo: 30.000 euros. Y el tipo D, la sustitución de ascensores antiguos, se queda en una horquilla del 25% al 50% con un máximo de 50.000 euros.
Esa diferencia entre el tipo A y el tipo D no es un detalle menor: poner un ascensor donde no lo hay se considera prioridad política y se paga como tal; renovar uno existente se entiende como mantenimiento del edificio y la comunidad asume la mayor parte.
Qué edificios entran y cómo se pide
Los requisitos son los habituales en este tipo de convocatorias municipales: inmuebles de más de 30 años de antigüedad y con un mínimo de dos plantas, con excepciones previstas para los tipos C y D. Se da prioridad a los edificios donde residan personas mayores de 65 años, con discapacidad o en situación de dependencia.
La tramitación es electrónica obligatoria para comunidades de propietarios y personas jurídicas a través de la sede electrónica municipal; el resto puede acudir a los registros y oficinas de atención al ciudadano. En paralelo, el consistorio mantiene en marcha la primera fase de rehabilitación del barrio de Carranque, con 5,85 millones de euros para 26 proyectos que afectan a 18 edificios residenciales (143 viviendas) y 8 unifamiliares, con 24 meses de ejecución.
Qué significa si vas a reformar
Si tu comunidad se planteó el ascensor y lo descartó por precio, revisa el número: con una subvención del 75% al 90%, la Ley de Propiedad Horizontal cambia la ecuación. Su artículo 10.1.b) obliga a la comunidad a ejecutar las obras de accesibilidad que pida un propietario en cuya vivienda resida o trabaje una persona con discapacidad o mayor de setenta años cuando el importe repercutido anualmente, una vez descontadas las ayudas públicas, no supere doce mensualidades ordinarias de gastos comunes. Y añade que la obra vuelve a ser obligatoria si las ayudas alcanzan el 75% de su importe. Es decir, la subvención no solo abarata: puede convertir en exigible lo que antes dependía de una votación.
En lo práctico: 60 días naturales dan para poco si empiezas desde cero. Lo primero es el acuerdo en junta y el presupuesto técnico, porque sin ellos no hay expediente. Pide al menos tres ofertas y comprueba en las bases si puedes iniciar la obra antes de que se resuelva la ayuda, porque adelantarte puede dejarte fuera.
Y si vives fuera de Málaga, el patrón se repite en muchos ayuntamientos: convocatorias propias de accesibilidad, compatibles o no con las autonómicas, con plazos cortos que se publican en el boletín provincial. Merece la pena revisarlo antes de cerrar el contrato de obra.
Fuente: Ilustre Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Málaga y Melilla. Este artículo es un resumen propio elaborado por la redacción de Reformería; para el detalle completo, consulta la fuente original.
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