Deducción en el IRPF por obras de eficiencia energética 2026
Actualizada el 1 de octubre de 2026 · 9 min de lectura
Puedes deducir el 20%, el 40% o el 60% de lo que pagues por obras que mejoren la eficiencia energética de tu vivienda: hasta 1.000 €, 3.000 € o 9.000 € de rebaja real en la cuota. La clave no es la obra, son los dos certificados energéticos —uno antes y otro después— y las fechas límite.
Puedes deducir el 20%, el 40% o el 60% de lo que pagues por obras de mejora energética en tu vivienda, sobre bases máximas de 5.000 €, 7.500 € y 15.000 € respectivamente. En dinero contante: hasta 1.000 €, 3.000 € o 9.000 € menos en la cuota del IRPF. Lo que decide a cuál tienes derecho no es la factura, sino lo que digan dos certificados de eficiencia energética: uno anterior a la obra y otro posterior. Todo esto está en la disposición adicional quincuagésima de la Ley del IRPF, prorrogada por el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo.
Las tres deducciones y lo que te ahorra cada una
- 20% por reducir la demanda de calefacción y refrigeración. Necesitas acreditar una bajada mínima del 7% en la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración. Base máxima anual: 5.000 €. Deducción máxima: 1.000 €.
- 40% por reducir el consumo de energía primaria no renovable. Hace falta una reducción de al menos el 30%, o bien alcanzar la letra A o B en la escala de calificación energética. Base máxima anual: 7.500 €. Deducción máxima: 3.000 €.
- 60% por rehabilitación energética de un edificio de uso predominantemente residencial. Mismos requisitos que la anterior (30% de reducción o letra A/B), pero referidos al edificio completo. Base máxima 5.000 € al año, con el exceso trasladable a los cuatro ejercicios siguientes y un tope acumulado de 15.000 €. Deducción máxima: 9.000 €.
Las dos primeras se aplican a tu vivienda habitual o a otra de tu propiedad que tengas arrendada para uso vivienda o en expectativa de alquiler (en ese caso debes alquilarla antes del 31 de diciembre de 2027). La segunda residencia de la playa no entra en el 20% ni en el 40%. Sí entra, en cambio, en la del 60%, porque esa se vincula a la obra del edificio y no al uso que le des al piso.
Una misma obra no puede generar dos de estas deducciones a la vez. Si el cambio de ventanas te da el 7% de demanda y el 30% de consumo, eliges una: normalmente la del 40%, que deduce más.
Las fechas que mandan: obra, certificado y ejercicio
Aquí es donde se cae mucha gente, porque hay tres fechas distintas y no coinciden.
- Deducciones del 20% y del 40%: valen por cantidades satisfechas por obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026, y el certificado posterior debe expedirse antes del 1 de enero de 2027.
- Deducción del 60%: obras hasta el 31 de diciembre de 2027, con certificado expedido antes del 1 de enero de 2028.
La deducción del 20% y la del 40% se practican en el ejercicio en que se expide el certificado posterior a la obra, no en el que pagaste. Esto juega a tu favor más de lo que parece: si pagaste parte de la obra en 2024 y el certificado se emite en 2026, en la declaración de 2026 puedes incluir todas las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021, con el tope de base de ese año. Si el certificado se queda sin firmar a 31 de diciembre, pierdes el ejercicio.
La del 60% funciona distinto: se deduce en cada ejercicio en el que pagues las derramas, siempre que el certificado del edificio ya esté expedido antes de que acabe ese año.
Los dos certificados: el requisito que tumba más declaraciones
No basta con uno. Necesitas:
1. Un certificado de eficiencia energética previo, expedido por técnico competente, con una antelación máxima de dos años respecto al inicio de las obras. Si tu piso tiene un certificado de 2019 porque lo alquilaste entonces, no sirve: hay que repetirlo. 2. Un certificado posterior, expedido una vez terminada la obra, que es el que acredita la mejora.
La comparación entre ambos es la prueba. Por eso el orden importa: primero el certificado, después la obra. Encargarlo cuando ya has tirado las ventanas viejas deja la deducción sin soporte, y la Agencia Tributaria no admite reconstrucciones a posteriori.
El coste es menor de lo que la gente teme: entre 50 y 150 € para un piso de hasta 100 m², y hasta 200-300 € en unifamiliares grandes, más la tasa de registro de tu comunidad autónoma, que va desde cero hasta unos 30 €. Son dos certificados, así que presupuesta 100-300 € en total. Ese gasto, además, forma parte de la base de la deducción.
Pide al técnico que te indique por escrito, antes de empezar, qué porcentaje de mejora estima con las medidas previstas. Es la diferencia entre gastar 20.000 € y deducir 3.000 € o gastar lo mismo y quedarte en el 20%.
Qué gastos entran en la base y cuáles no
Entran: la ejecución de las obras, los honorarios profesionales, el proyecto técnico, la dirección de obra, los equipos y materiales, los certificados energéticos y las licencias municipales, incluidas las cuotas de IVA satisfechas.
No entran:
- Las cantidades pagadas en efectivo. Solo valen tarjeta de crédito o débito, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Un reformista que te ofrezca descuento por pagar en metálico te está costando la deducción.
- Las cantidades subvencionadas. Si recibes una ayuda pública, se resta de la base. Y si la subvención se concede después de haberte deducido, toca regularizar.
- Las obras en la parte de la vivienda afecta a una actividad económica.
- En las deducciones del 20% y el 40%, las obras en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas. En la del 60%, en cambio, las plazas de garaje y trasteros adquiridos con la vivienda sí se asimilan a esta.
Un detalle que conviene tener claro: la deducción se resta de la cuota íntegra estatal. Si tu cuota es pequeña, puede que no absorbas todo, y esa parte no se traslada a años siguientes. Lo único que se traslada es la base que exceda del límite anual en la deducción del 60%.
Qué obra hace falta para cada umbral y cuánto cuesta
Ninguna medida garantiza un porcentaje por sí sola: depende del clima, de la orientación y, sobre todo, del punto de partida. En una vivienda anterior a 1980, sin aislamiento en fachada y con carpintería de aluminio sin rotura de puente térmico, el 7% de demanda se alcanza con bastante holgura. En un piso de 2010 que ya cumple normativa, puede que ni cambiando las ventanas llegues.
Horquillas de precio en España a 2026, material e instalación incluidos:
- Ventanas de PVC o aluminio con RPT y doble acristalamiento bajo emisivo: 180-400 €/m² de hueco. Una ventana estándar de 120×140 cm oscilobatiente sale por 400-600 €. Un piso de 90 m² con 10-12 m² de hueco: 2.500-5.000 €.
- Insuflado de aislamiento en cámara de aire: 15-30 €/m², según material (celulosa en la parte baja, poliuretano en la alta). Para 80-100 m² de fachada, 1.200-3.000 € y 1-2 días de trabajo sin andamio. Es la medida con mejor relación mejora/euro cuando hay cámara.
- SATE (aislamiento por el exterior): 60-120 €/m² de fachada tratada, con horquilla habitual de 75-95 €/m². Requiere andamio y acuerdo de comunidad.
- Aerotermia para sustituir caldera: 8.000-15.000 € en vivienda unifamiliar, menos en piso según el sistema de emisión existente.
En la práctica, el 7% de demanda suele salir con envolvente: ventanas o aislamiento. El 30% de consumo de energía primaria no renovable casi siempre exige tocar los equipos —cambiar caldera de gas o gasóleo por bomba de calor— o combinar envolvente y equipos. La letra A o B rara vez se alcanza sin una intervención completa. Si estás dimensionando el presupuesto, en nuestra tabla de precios de reformas tienes el detalle por partidas, y si la obra es más amplia, el precio de una reforma integral en Madrid da una referencia de orden de magnitud.
Si la obra es de la comunidad: cómo funciona la del 60%
Solo puede aplicarla el propietario de una vivienda del edificio: no el usufructuario, ni el nudo propietario, ni el inquilino. La base de cada vecino es el resultado de aplicar su coeficiente de participación al gasto total de la actuación, descontadas las subvenciones.
Ejemplo con números redondos: rehabilitación de fachada y cubierta por 600.000 €, con una subvención del 40%. Quedan 360.000 € a repartir. Un propietario con el 1,2% de coeficiente asume 4.320 €, deduce el 60% —2.592 €— y, al no superar el límite de 5.000 € de base anual, se lo aplica entero en el ejercicio en que paga la derrama. Si su derrama fuese de 12.000 €, se deduciría sobre 5.000 € ese año y arrastraría el resto a los cuatro siguientes, hasta un acumulado de 15.000 € de base.
Pide al administrador el certificado energético del edificio y el certificado individualizado de las cantidades que has aportado. Sin eso, la declaración no se sostiene ante un requerimiento.
Subvenciones, autoconsumo y los errores que salen caros
Las ayudas a rehabilitación residencial del Plan de Recuperación (Real Decreto 853/2021) no tributan: no se integran en la base imponible del IRPF. Pero sí restan de la base de la deducción, así que no se cobra dos veces por el mismo euro. Compensa igualmente: ayuda más deducción sobre el resto suele ser mejor que deducción sola.
Novedad de 2026: el Real Decreto-ley 7/2026 introdujo una deducción específica por instalar autoconsumo renovable, del 10% con carácter general y del 20% si la vivienda está en un edificio de uso predominantemente residencial, sobre un límite anual de 5.000 €, por cantidades satisfechas e instalaciones finalizadas en 2026. Incluye equipos, almacenamiento, instalación y obras necesarias, exige Certificado de Instalación Eléctrica y es incompatible con las deducciones por eficiencia energética para la misma instalación en el mismo inmueble. Haz el cálculo antes de decidir por cuál optas.
Tres errores que se repiten: encargar el certificado previo cuando la obra ya ha empezado, pagar parte en efectivo, y dejar que el certificado posterior se firme en enero en lugar de en diciembre. Los tres son evitables con un poco de orden en el calendario.
Pide el certificado previo antes de pedir presupuestos, exige a cada empresa que detalle las partidas con las que piensa alcanzar el porcentaje y compara. Puedes publicar tu reforma gratis y recibir presupuestos de empresas de reformas de tu zona, o usar el comparador de presupuestos para ver las diferencias partida a partida.
Preguntas frecuentes
¿Me vale con cambiar solo las ventanas para deducir?
Depende del estado de partida de la vivienda. En una vivienda anterior a 1980 con carpintería de aluminio sin rotura de puente térmico, cambiar las ventanas suele superar el 7% de reducción de demanda y da derecho al 20%. Para llegar al 30% de consumo de energía primaria no renovable y al 40% casi siempre hace falta tocar también los equipos de climatización.
Pagué la obra en 2024 pero el certificado es de 2026. ¿Pierdo la deducción?
No. Las deducciones del 20% y el 40% se practican en el ejercicio en que se expide el certificado posterior a la obra, y en ese ejercicio puedes incluir todas las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021, con el límite de base de ese año. Lo que sí es imprescindible es que el certificado se expida antes del 1 de enero de 2027.
¿Puedo deducir si soy inquilino o si es mi segunda vivienda?
Como inquilino no, en ningún caso: las tres deducciones son para propietarios. En una segunda residencia no puedes aplicar el 20% ni el 40%, salvo que la tengas alquilada o en expectativa de alquiler y la alquiles antes del 31 de diciembre de 2027. Sí puedes aplicar la del 60% si la obra la hace el edificio.
Si me dan una subvención Next Generation, ¿pierdo la deducción?
No la pierdes, pero se reduce. La ayuda no tributa en el IRPF, aunque sí se resta de la base de la deducción, de modo que solo te deduces sobre lo que has puesto tú. Si la subvención se concede después de haberte aplicado la deducción, hay que regularizar la declaración.
¿Puedo pagar parte de la obra en efectivo?
Puedes, pero esa parte no deduce. La norma solo admite pagos con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta de entidad de crédito. Un descuento por pagar en metálico suele salir más caro que la deducción que te hace perder.
¿Puedo aplicar el 20% y el 40% por la misma obra?
No. Una misma obra en una vivienda no puede dar derecho a las dos deducciones, ni tampoco combinarse con la del 60% por las mismas cantidades. Si cumples los dos umbrales, elige la del 40%, que tiene mayor porcentaje y mayor base máxima.
Fuentes consultadas
- Agencia Tributaria — Principales novedades tributarias del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (PDF)
- Agencia Tributaria — Manual práctico Renta 2025: deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas
- Agencia Tributaria — Importe de la deducción e incompatibilidades (obras que reducen el consumo de energía primaria no renovable)
- Agencia Tributaria — Base y porcentaje de la deducción por obras de rehabilitación energética de edificios
- Idealista — Prorrogadas las deducciones fiscales por obras de mejora energética de viviendas y edificios
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